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22-09-2005

Borobia y la comarca del Aranda en peligro

 


 


 


Estos días hay cierto revuelo ante un posible y nuevo


atropello a nuestro medioambiente que pone en peligro la supervivencia de un


pequeño pueblo soriano (Borobia) y puede suponer un auténtico desastre


ecológico para la zona del Moncayo soriano y los pueblos colindantes de la


comarca aragonesa del Aranda. Se trata de un proyecto de minería a cielo


abierto que afectaría gravemente, al parecer, al acuifero que abastece de


agua a Borobia así como al entorno natural y a los cursos de agua de los


ríos Manubles, Isuela y Aranda. No hay más noticias que las que corren de


boca en boca por la zona, y se sospecha de


maniobras especulativas. Sólo os podemos transmitir lo que pone en un cartel


mecanografíado que han difundido por allí los vecinos de Borobia (todo el


pueblo en conjunto está en contra del proyecto); para ello lo transcribimos


literalmente más abajo, rogándoos que le deis la máxima difusión, pues nos tememos


que la escasa población de la zona tenga poca fuerza a la hora de luchar


contra este desaguisado (sobre todo porque, como decimos, la información es


escasa). Adjuntamos en formato de texto el anuncio del proyecto en el


Boletín de la Junta de Castilla y León (que no dice mucho) y unos enlaces con


información sobre los pueblos afectados para los que no los conozcáis (la


zona en cuestión es un auténtico paraíso).


 


Enlaces de interés para quienes no conozcan la zona


 


COMARCA NORESTE DE SORIA:


http://www.proynerso.com/


COMARCA DEL ARANDA:


http://www.comarcadelaranda.com


BOROBIA:


http://www.ccborobia.com/


BERATON:


http://www.beraton.com/


CALCENA: http://www.aragonesasi.com/zaragoza/calcena/calcenat.php


POMER:


http://www.zaragoza-ciudad.com/pomer/


PURUJOSA:


http://www.aragonesasi.com/zaragoza/purujosa/index.php


 


 


 


NUESTRO PUEBLO EN PELIGRO


 


El pasado 7 de junio apareció en el Boletín Oficial de Castilla y León el


anuncio que inicia la expropiación en BOROBIA (Soria) para que la empresa


minera vasca Magnesitas y Dolomías pueda hacer SONDEOS y seguir con una


EXPLOTACIÓN MINERA en el nacimiento del río Manubles, en la sierra de


Tablado (1.800 m.), en la zona mojonera de BOROBIA con POMER, CALCENA,


PURUJOSA y BERATÓN.


 


Esta explotación minera AFECTARÍA gravemente a los nacimientos de los ríos


MANUBLES, ISUELA y ARANDA y a las poblaciones de las cuencas de dichos ríos.


También afectaría a fuentes y manantiales y al agua de boca de BOROBIA,


POMER, CALCENA, PURUJOSA, BERATÓN y ÓLVEGA.


 


Se ha solicitado un permiso minero que abarca, además de BOROBIA, POMER,


CALCENA, PURUJOSA y BERATÓN.


 


La codiciada explotación minera A CIELO ABIERTO, sus explosiones y su


impacto visual, sonoro y contaminante ANIQUILARÍAN las TIERRAS y el AGUA de


BOROBIA y su entorno inmediato: POMER, CALCENA, PURUJOSA y BERATÓN.


 


Una explotación minera nos EXTERMINARÍA porque nos dejaría sin TIERRAS


fértiles y sin AGUA, que es la fuente de VIDA, convirtiendo nuestros pueblos


en una traca de explosivos y voladuras, en un gran pozo, en una escombrera y


en un DESIERTO tóxico, contaminado e inhabitable.


 


El AGUA es un recurso PRECIOSO y ESCASO


que tenemos que DEFENDER.


 


Tenemos la OBLIGACIÓN de conservar el patrimonio medioambiental,


paisajístico, agropecuario y cultural que nos han dejado nuestros


antepasados.


 


Si quieres mantener VIVO tu pueblo y defender tus DERECHOS, debes oponerte a


este EXPOLIO por escrito, dirigido a:


 


—tu Ayuntamiento


—el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de


Castilla y León, Sección de Minas, C/ Campo, nº 5, Soria


—la Diputación General de Aragón, Paseo María Agustín, 36, 50071 Zaragoza


 


10058 Martes, 7 de junio 2005 B.O.C. y L. - N.º 109


Vista la Propuesta de la Técnico de Industria y Energía, este Servicio


territorial RESUELVE:


APROBAR el Proyecto de instalación indicada con arreglo a las condiciones


siguientes:


Primera.– En todo momento se deberá cumplir cuanto establece el


Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las


actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y


procedimiento de autorización de instalaciones de gas natural; el Reglamento


de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos y sus Instrucciones


Técnicas Complementarias; la Orden del Ministerio de Industria y


Energía de 19 de abril de 1985, por la que se otorgó concesión administrativa


a ENAGÁS, S.A. y demás normativa de aplicación.


Segunda.– El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que


se autorizan será de nueve meses a partir de la fecha de la aprobación del


proyecto.


Tercera.– Las instalaciones que se aprueban deberán realizarse de


acuerdo con el Proyecto denominado «Ramal de suministro de Gas Natural


a Leche Pascual España, S.A. en el, término municipal de Aranda de


Duero» suscrito por el Ingeniero de Caminos D. Julián Díez Gómez y


demás documentación técnica presentada, que queda especificada en los


siguientes datos básicos:


A)


Tramo DN E (mm.) Long (m)


Ramal a Leche Pascual España, S.A. 4 “ 4 623


La instalación consiste en un ramal de acometida en APA, acero


según especificaciones API 5L, calidad GrB o equivalente, discurriendo


íntegramente por el término municipal de Aranda de Duero. La conducción


dispondrá de revestimiento externo y protección catódica.


B) El presupuesto de las instalaciones es de cincuenta y cinco mil


novecientos veintidós euros con setenta y nueve céntimos


(55.922,69 ).


Cuarta.– Los cruzamientos de vías públicas y otros servicios se efectuarán


conforme a los condicionados establecidos por los Organismos


Públicos correspondientes.


Quinta.– Una vez construidas las instalaciones autorizadas, esta


Dependencia, previo al levantamiento del Acta de Puesta en Marcha,


recabará de la empresa distribuidora los resultados de los ensayos o pruebas


oportunas, así como el Certificado de Dirección y Terminación de


Obra, firmado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial


correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje de las


instalaciones se han efectuado de acuerdo con el proyecto correspondiente,


acreditando asimismo, expresamente, el cumplimiento de las condiciones


técnicas y prescripciones reglamentarias de aplicación.


DECLARAR en concreto, la Utilidad Pública de la instalación que se


aprueba, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103 de la Ley 34/1998,


de 7 de octubre, lo que llevará implícita la necesidad de ocupación o de


adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación.


Igualmente, llevará implícita las autorización para el establecimiento o


paso de la canalización sobre terrenos de domino, uso o servicio público


o patrimoniales del Estado, o de la Comunidad Autónoma, o de uso público,


propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los


mismos y zonas de servidumbre pública y todo ello en relación, con los


bienes y derechos afectados, relacionados en el Anexo de la Resolución.


La aprobación se otorgará sin perjuicio de terceros y dejando a salvo


las que pudieran corresponder a otros Organismos Administrativos o


Entidades Públicas.


Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa,


cabe interponer en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente


a su notificación, Recurso de Alzada ante el Ilmo. Sr. Director General de


Energía y Minas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y


115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las


Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,


modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.


Burgos, 30 de mayo de 2005.


El Jefe del Servicio,


Fdo.: MARIANO MUÑOZ FERNÁNDEZ


SERVICIO TERRITORIAL DE SORIA


INFORMACIÓN pública del expediente de Ocupación Temporal en el


Permiso de Investigación «San Pablo» n.º 1.280, en el término


municipal de Borobia (Soria).


MAGNESITAS Y DOLOMIAS DE BOROBIA, S.L., titular del Permiso


de Investigación denominado «San Pablo» n.º 1.280, el cual lleva


implícita la declaración de utilidad pública al amparo del artículo 104 de


la Ley de Minas y su concordante 130 del Reglamento General para el


Régimen de la Minería, insta expediente de ocupación temporal de los


bienes y derechos relacionados, incluidos dentro de la parcela n.º 1 del


Polígono 10 del término municipal de Borobia:


Quinto Políg. Parc. Titular registral Sup. Ocup. Coorden.


Ha./a./ca. Central


X Y


Valdemedel 10 1 Silvano Modrego Jiménez y 32 más, en proindiviso 0/5/25 597.708 4.614.248


Redondilla 10 1 Laurentino Gómez Singler 0/5/75 596.317 4.614.804


Por lo que, de conformidad con el Art. 18 de la Ley de Expropiación


Forzosa se abre un período de información pública de quince días a contar


a partir del día siguiente de la última de las publicaciones, para que


cualquier persona pueda aportar por escrito los datos oportunos par la rectificación


de posibles errores en la relación indicada, u oponerse, por


razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación.


A estos efectos ésta se exhibirá el expediente en la Sección de Minas


del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Soria cuya


dirección es C/ Campo, n.º 5, planta, Soria, durante las horas de atención


al público.


Soria, 9 de mayo de 2005.


El Jefe del Servicio,


P.D. (Resolución 27.01.04


«B.O.C. y L.» 02.02.04)


Fdo.: GABRIEL JIMÉNEZ MARTÍNEZ


SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE VALLADOLID


NOTIFICACIÓN de la Gerencia Provincial de Valladolid, de notificación


de Resolución de Cancelación de fecha 12 de abril de 2005,


con número de expediente PRPT/00/VA/0027/C05, cuyo titular es


José María Villota Moretón C.I.F./N.I.F. 12165637V.


Intentada notificación de Resolución de Cancelación de fecha 12 de


abril de 2005 con número de expediente PRPT/00/VA/0027/C05, cuyo


titular es JOSÉ MARÍA VILLOTA MORETÓN C.I.F./N.I.F. 12165637V,


y no habiendo podido practicarla en el domicilio que consta en el expediente,


C/ Portillo del Prado, 15 bajo - 47010 - Valladolid, se procede de


conformidad con lo dispuesto en el Art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de


noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del